BASES SORTEO CURSO DE PRODUCCIÓN DE MÚSICA ELECTRÓNICA CON ABLETON
Fundación Ibercaja (a partir de ahora `el organizador´) con domicilio en Calle Joaquín Costa, 13 50001 Zaragoza y CIF G50000652 organiza, entre el 17 al 23 de octubre de 2025 (ambos inclusive) la promoción de un descuento para el `CURSO DE PRODUCCIÓN DE MÚSICA ELECTRÓNICA CON ABLETON´ junto a ZGZ Conciertos. Dirigido a quienes cumplan las condiciones establecidas en las presentes bases, y acceden al sorteo de los siguientes regalos:
- El premio consistirá en un descuento de 250€ para una plaza del curso de CURSO DE PRODUCCIÓN DE MÚSICA ELECTRÓNICA CON ABLETON, valorado en 395€, el cual será entregado a un único ganador.
El sorteo se resolverá el 23 de octubre de 2025.
La promoción se llevará a cabo a través de la red social Instagram de Espacio Joven Fundación Ibercaja y ZGZ Conciertos. Esta plataforma no patrocina, avala, ni administra de modo alguno esta promoción, ni están asociadas a la misma. El usuario está proporcionando información al Organizador y no a estas redes sociales.
BASES PARTICIPANTES
Participan en la promoción las personas físicas que cumplan con los siguientes requisitos:
· Tener más de 18 años.
. El sorteo tendrá lugar dentro del territorio nacional (España).
· Seguir a Espacio Joven Fundación Ibercaja y ZGZ Conciertos en la red social Instagram y darle a me gusta a la publicación
· Dejar un comentario en la publicación del sorteo en la red social Instagram de Espacio Joven Fundación Ibercaja mencionando a la persona que sabes que le gustará disfrutar de esta oportunidad.
. (Opcional) Compartir la publicación en sus historias/perfil (si se desea aumentar visibilidad).
Los participantes, conociendo y aceptando las bases de este concurso, responden de la veracidad de la información y los datos facilitados.
Quedan excluidos los empleados de la Organización, así como sus familiares directos y cualquier persona relacionada profesionalmente con este sorteo.
El plazo de participación dará comienzo el 17 de octubre de 2025, a las 12:00 h, y terminará el 22 de octubre a las 23:59 h. No tendrán validez y, por tanto, no computarán a efectos del sorteo, las participaciones realizadas con posterioridad al plazo de participación.
La mera participación implica la aceptación de estas bases en su totalidad.
MECÁNICA
La persona que desee participar deberá dejar en el post del sorteo de la correspondiente red social un comentario mencionando a la persona que sabes que le gustará disfrutar de esta oportunidad.
La participación del sorteo implica necesariamente la aceptación de las condiciones y términos que en cada momento rijan en Instagram.
A los efectos de verificar que se ha participado en plazo, se tomará como referencia la fecha y hora de publicación.
El23 de octubre de 2025 se realizará la resolución del sorteo entre todos los comentarios publicados.
Se creará un único fichero informático, para el sorteo, con los participantes, identificados por el perfil de Instagram. El fichero se ordenará numéricamente, de menor a mayor, por fecha de participación. A continuación, se asignará a la ordenación resultante del fichero anterior números correlativos del 1 al n.
Para la realización del sorteo propiamente dicho, se extraerán, mediante la aplicación EasyPromos, 2 números al azar, que corresponderán a los comentarios que forme parte del fichero.
Al mismo tiempo, se extraerán otros 3 números más como reservas, para el caso de que los dos anteriormente premiados no acepten el premio, no cumplan los requisitos o no dieran respuesta.
El programa informático asegura la aleatoriedad del proceso, utilizando mecanismos certificados.
La participación en el sorteo tiene carácter gratuito y el simple hecho de participar implica la plena aceptación de las presentes bases en su totalidad.
La Organización se reserva el derecho de descalificar a cualquier participante que no cumpla con los requisitos o incurra en prácticas fraudulentas.
ENTREGA DE PREMIO
Se sorteará un descuento de 250€ para una plaza del Curso de Producción de Música Electrónica con Ableton que comenzará el 28 de octubre en las instalaciones de Espacio Joven Fundación Ibercaja (Paseo Fernando el Católico, 1-3) en Zaragoza.
El premio no podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación económica ni cesión a terceros.
La Organización se reserva el derecho a sustituir el premio por otro de igual o superior valor si, por causas ajenas a su voluntad, no pudiera entregar el premio anunciado.
INFORMACIÓN
Fundación Ibercaja se pondrá en contacto con el ganador por medio de un mensaje privado vía Instagram para comunicar que ha ganado el sorteo e indicarle lo necesario para disfrutar del premio. A estos efectos, cada ganador deberá acreditar el cumplimiento de las bases y aceptar el premio en un plazo máximo de 24 horas y proporcionar los datos necesarios para su entrega.
En caso de no ser aceptado o no obtener respuesta por parte de alguno del participante premiado, pasadas 24 horas desde la fecha del sorteo, el premio pasará a quien haya resultado primer reserva, con el que se procederá de igual forma y así sucesivamente con cada uno de los reservas. Si ninguno de los reservas aceptara o diera respuesta, el premio se declarará desierto.
La aceptación del premio se efectuará mediante comunicación escrita por el participante.
Fundación Ibercaja podrá utilizar su nombre, en cuantos medios de comunicación (radio, prensa, carteles, página web, ...) considere adecuados, sin que se derive de ello contraprestación alguna y renunciando expresamente a cualquier derecho al respecto.
El premio es personal, no pudiéndose permutar, en ningún caso, por su importe en metálico, ni por cualquier otra contraprestación. El premio no incluye otros gastos derivados.
FISCALIDAD
Los premios se consideran rentas sujetas a tributación por el IRPF y se entregarán descontando de su importe el ingreso a cuenta correspondiente según la legislación fiscal vigente. A los premios de la presente promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; y el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en su artículo 75.3.f) RIRPF , por el cualno existirá obligación de practicar retención o ingreso a cuenta sobre las rentas siguientes: los premios que se entreguen como consecuencia de juegos organizados al amparo de lo previsto en el Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas, y demás normativa estatal y autonómica sobre el juego, así como aquellos cuya base de retención no sea superior a 300 euros.
Zaragoza, 17 de octubre 2025.
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