AFORO MÁXIMO: 90

Nuestro sistema constitucional es el propio de una Monarquía parlamentaria. Curiosamente, sin embargo, el Título II de la Constitución, el dedicado a la Corona, es, con mucha diferencia, el menos estudiado de los diez que integran la Norma Fundamental y, por lo tanto, el peor conocido de todos ellos, como han puesto de manifiesto muy especialmente las opiniones, muy críticas a veces, que se han vertido estos últimos años sobre la institución monárquica.

Por esta razón, la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España y Fundación Ibercaja han creído conveniente organizar este curso 2022-2023 un ciclo de conferencias a cargo de constitucionalistas prestigiosos, de la casa y de fuera de ella, con el fin de analizar uno a uno los temas básicos de la regulación que contiene el Título II de la Constitución.

En nuestra quinta ponencia, "La inviolabilidad del Rey”, examinaremos si existen posibilidades de que un monarca pueda ser juzgado por comportamientos privados que puedan ser considerados delitos de carácter tributario. Como se sabe, el art. 56.3 de nuestra Constitución declara que “la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad”. Después de su abdicación (2014), Juan Carlos I solo cuenta con aforamiento ante el Tribunal Supremo, por lo que la polémica se suscita sobre si la inviolabilidad es aplicable solo a los actos públicos del jefe del Estado o si también puede proteger la vida privada llevada durante su mandato.  

Imparte la conferencia D. Josu de Miguel Bárcena, profesor de Derecho Constitucional en la UAB, y coautor de “Kelsen versus Schmitt, Política y Derecho en la crisis del constitucionalismo”.
 


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60 minutos

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